Fecha de última actualización: 20 de Diciembre de 2022.
En México no siempre fueron regulados los límites a las erogaciones realizadas en las campañas electorales.
Sin embargo, desde el año 1993 y con la intención de fijar condiciones de equidad en la contienda electoral, así como para establecer límites al gasto excesivo en las campañas electorales, la ley electoral ha establecido un tope máximo de gasto de campaña para los candidatos de los partidos políticos nacionales al cargo de diputado federal, senador o Presidente de la República.
Con la reforma político-electoral del año 2014, se posibilitan las candidaturas independientes como una forma alternativa para acceder al poder político. Este tipo de candidaturas se sujetan también a la obligación de respetar un límite máximo al gasto de las campañas.
A continuación se muestran los topes máximos de gastos de campaña que en su momento fueron aprobados por el máximo órgano de dirección del otrora Instituto Federal Electoral, así como los que han sido aprobados por el Instituto Nacional Electoral.
Elección presidencial:
Año
|
Tope máximo de
gastos de campaña |
Número de Acuerdo
del Consejo General |
1994 |
N$134,460,560.34 |
|
2000 |
$491,816,870.75 |
|
2006 |
$651,428,441.67 |
|
2012 |
$336,112,084.16 |
Elección de diputados federales por mayoría relativa:
Año
|
Tope máximo de
gastos de campaña |
Número de Acuerdo
del Consejo General |
1997 |
$676,091.52 |
|
2000 |
$738,737.27 |
|
2003 |
$849,248.5595 |
|
2006 |
$950,186.10 |
|
2009 |
$812,680.60 |
|
2012 |
$1,120,373.61 |
|
2015 |
$1,260,038.34 |
Elección senadores:
Año
|
Tope máximo de
gastos de campaña |
Número de Acuerdo
del Consejo General |
1997 |
$176,265,567.95[1] |
|
2000 |
||
2006 |
||
2012 |
[1] Para la elección de los 32 senadores, según el principio de representación proporcional mediante el sistema de listas votadas en una sola Circunscripción.