Fecha de última actualización: 20 de Diciembre de 2022.
Las franquicias postales y telegráficas son prerrogativas de los Partidos Políticos Nacionales. Deben usarse dentro del territorio nacional, para el desarrollo de sus actividades.
Los montos que aprueba anualmente el Consejo General del Instituto Nacional Electoral para ambas prerrogativas, no son ministrados directamente a éstos, sino que se posibilita a los Partidos Políticos Nacionales hacer uso de los servicios proporcionados por el Servicio Postal Mexicano y Telecomunicaciones de México hasta el monto aprobado por el Instituto.